Ley [LGCFD]

Artículo 52 de Ley General De Cultura Física Y Deporte

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 52. Las Asociaciones Deportivas Nacionales son la máxima instancia técnica de su disciplina y representan a un solo deporte en todas sus modalidades y especialidades, en los términos del reconocimiento de su respectiva Federación Deportiva Internacional.

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