Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto a la Ley que se expide a través del presente Decreto.
México, D.F., a 11 de diciembre de 2008.- Dip. Cesar Horacio Duarte Jaquez , Presidente.- Sen. Gustavo Enrique Madero Muñoz , Presidente.- Dip. Manuel Portilla Dieguez , Secretario.- Sen. Gabino Cué Monteagudo , Secretario.- Rúbricas. "
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la , Distrito Federal, a treinta de diciembre de dos mil ocho.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa .- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Lic. Fernando Francisco Gómez Mont Urueta .- Rúbrica.