- Para el funcionamiento de la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas, se estará a las reglas siguientes:
- Estará integrada por tres Consejeras o Consejeros Electorales;
- Las Consejeras o Consejeros Electorales integrantes de la Comisión durarán en su encargo tres años, y
- La presidencia de la Comisión es rotativa y será designada anualmente entre los integrantes de la Comisión.
Artículo adicionado DOF
Ley [LGIPE]
Artículo 200 quáter de Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales
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Vínculo entre normas
Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral
[LGMIME]
Vínculo entre normas
Ley General Del Sistema De Medios De Impugnación En Materia Electoral
[LGSMIME]
Vínculo entre normas
Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
[LOPJF]
Vínculo entre normas
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
[CPEUM]
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