Ley [LGIPE]

Artículo 207 de Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales

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Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales (LGIPE)

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    1El proceso electoral es el conjunto de actos ordenados por la Constitución y esta Ley, realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos, así como la ciudadanía, que tiene por objeto la renovación periódica de quienes integran los Poderes Legislativo y Ejecutivo tanto federal como de las entidades federativas, de quienes integran los ayuntamientos en los estados de la República y las Alcaldías en la Ciudad de México. En la elección e integración de los Ayuntamientos y Alcaldías existirá la paridad de género tanto vertical como horizontal.

Artículo reformado DOF

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