Ley [LGIPE]

Artículo 308 de Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales

Texto íntegro, referencias y ley completa.

    1Para el mejor conocimiento de los ciudadanos, concluido el plazo a que se refiere el artículo de , el presidente deberá fijar en el exterior del local del consejo distrital, los resultados preliminares de las elecciones en el distrito.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias