Ley [LGISMH]
Artículo 26 de Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres (LGISMH)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
Artículo 26.- El Sistema Nacional tiene los siguientes objetivos:
- Promover la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres y contribuir a la erradicación de todo tipo de discriminación; sin distinción de ningún tipo, en los términos del último párrafo del artículo 1o. y artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Fracción reformada DOF , ,
- Contribuir al adelanto de las mujeres;
- Coadyuvar a la modificación de estereotipos que discriminan y fomentan la violencia de género;
Fracción reformada DOF
- Promover el desarrollo de programas y servicios que fomenten la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, y
Fracción reformada DOF ,
- Dar seguimiento a la implementación del principio constitucional de paridad de género; y en tal virtud deberá presentar un informe anual de los avances en la materia.
Fracción adicionada DOF