Ley [LGISMH]

Artículo 43 de Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 43.- Toda persona tendrá derecho a que las autoridades y organismos públicos pongan a su disposición la información que les soliciten sobre políticas, instrumentos y normas sobre igualdad entre mujeres y hombres.

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