Ley [LGISMH]
Artículo 43 de Ley General Para La Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 43.- Toda persona tendrá derecho a que las autoridades y organismos públicos pongan a su disposición la información que les soliciten sobre políticas, instrumentos y normas sobre igualdad entre mujeres y hombres.