Ley [LGMASC]

Artículo 102 de Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias

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Artículo 102. En materia familiar los convenios podrán ser modificados cuando cambien las circunstancias que dieron origen a su suscripción, especialmente en materia de alimentos, únicamente respecto de su monto, forma o cancelación; guarda y custodia, y régimen de visitas y convivencias.

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Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias (LGMASC)

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