Artículo 104. En caso de no atenderse la prevención, se tendrá por no presentado el convenio, no se inscribirá en el Sistema de Convenios y en consecuencia no alcanzará el efecto de cosa juzgada.
Ley [LGMASC]
Artículo 104. En caso de no atenderse la prevención, se tendrá por no presentado el convenio, no se inscribirá en el Sistema de Convenios y en consecuencia no alcanzará el efecto de cosa juzgada.
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Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias (LGMASC)
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