Ley [LGMASC]

Artículo 104 de Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 104. En caso de no atenderse la prevención, se tendrá por no presentado el convenio, no se inscribirá en el Sistema de Convenios y en consecuencia no alcanzará el efecto de cosa juzgada.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias