Artículo 110. La inscripción del Convenio en el Sistema de Convenios será efectiva una vez revisados por el Centro Público los requisitos de forma, o bien los de fondo en los casos expresamente señalados en la presente Ley.
Ley [LGMASC]
Artículo 110. La inscripción del Convenio en el Sistema de Convenios será efectiva una vez revisados por el Centro Público los requisitos de forma, o bien los de fondo en los casos expresamente señalados en la presente Ley.
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Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias (LGMASC)
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