Ley [LGMASC]

Artículo 109 de Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias

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Artículo 109. El Sistema de Convenios, deberá prever el registro electrónico del Convenio y el estado que guarda su última actuación de conformidad con lo dispuesto por las leyes de transparencia y protección de datos personales.

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Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias (LGMASC)

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