Artículo décimo segundo

TRANSITORIOS

Décimo Segundo. Los Titulares de los Centros Públicos de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, continuarán en sus funciones hasta agotar el plazo previsto por su nombramiento. En los casos de personas Titulares cuyo nombramiento o designación no contemple un plazo de vigencia en el mismo, se estará a lo dispuesto en la Sección Tercera del Capítulo II de la presente Ley.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo décimo segundo

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del décimo segundo Llegan al décimo segundo
Publicidad