décimo.. A más tardar en abril de 2023, el Consejo General identificará las medidas, adecuaciones administrativas y el costo que implicará la reestructuración orgánica del Instituto para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Decreto, y planificará su ejecución para que, a más tardar el 1 de agosto de 2023, se haya concluido. Los remanentes presupuestales que se generen con motivo de la presente disposición, deben ser reintegrados a la Tesorería de la Federación.
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Artículo décimo de Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral
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Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
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