Ley [LGMIME]

Artículo tercero de Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral

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TRANSITORIOS

tercero.. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente Decreto.

Las disposiciones generales emitidas por el Instituto Nacional Electoral con antelación a la entrada en vigor del presente Decreto seguirán vigentes, en lo que no se opongan a la Constitución y el presente Decreto, hasta en tanto el Consejo General del Instituto Nacional Electoral emita aquéllas que deban sustituirlas.

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Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral (LGMIME)

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