Ley [LGMSV]
Artículo 10 de Ley General De Movilidad Y Seguridad Vial
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 10. El derecho a la movilidad permite que las personas puedan elegir libremente la forma de trasladarse, en y entre los distintos centros de población, a fin de acceder a los bienes, servicios y oportunidades que otorgan éstos.