Ley [LGPDPPSO]

Artículo 95 de Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados

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Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados (LGPDPPSO)

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Artículo 95. Transcurrido el plazo previsto en el artículo 45 de la presente Ley para dar respuesta a una solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO sin que se haya emitido ésta, la persona titular o, en su caso, su representante podrá interponer el recurso de revisión dentro de los quince días siguientes a aquel en que haya vencido el plazo para dar respuesta.

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