"Antes de emprender cualquier asunto, mira bien lo que le precede y lo que le sigue."
Epicteto

Cargando [ LGTAIP ]

Buscar artículo o término en esta ley

Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública (LGTAIP)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

LGTAIP Contenido revisado

Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública

El texto fuente corresponde a una nueva ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025. Sustituye el diseño anterior en materia de transparencia y reorganiza las autoridades garantes, el Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública, los procedimientos y el régimen de medidas de apremio y sanciones.

Ir al texto oficial

Resumen de la ley

La Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública desarrolla el derecho humano de acceso a la información previsto en el artículo 6o constitucional. Establece bases, principios, sujetos obligados, obligaciones de transparencia, solicitudes, recursos, clasificación de información, medidas de apremio y sanciones. Su finalidad es que la información pública sea accesible, verificable, oportuna y útil para la rendición de cuentas.

Derecho de acceso a la información pública. Máxima publicidad y documentación de actuaciones públicas. Sujetos obligados, Comités y Unidades de Transparencia. Obligaciones de transparencia y datos abiertos. Solicitudes, respuestas, recursos de revisión e inconformidad. Información reservada, confidencial, versiones públicas y sanciones. Solicitar información sin acreditar interés jurídico ni justificar el uso que se dará a la información. Recibir respuestas claras, accesibles, completas, oportunas y congruentes.

Lo esencial

Qué regula

  • El derecho de solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información pública.
  • Los sujetos obligados de los tres niveles de gobierno y personas que ejerzan recursos públicos o actos de autoridad.
  • La Plataforma Nacional de Transparencia y los procedimientos de solicitud.
  • Las obligaciones comunes y específicas de transparencia.
  • La clasificación de información reservada o confidencial y la prueba de daño.
  • Recursos, inconformidades, denuncias por incumplimiento, medidas de apremio y sanciones.

A quién aplica

  • Cualquier persona que solicite información pública sin necesidad de acreditar interés.
  • Autoridades, órganos, organismos, entidades, instituciones, partidos, sindicatos, fideicomisos y fondos públicos.
  • Personas físicas o morales que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad.
  • Comités y Unidades de Transparencia de los sujetos obligados.
  • Autoridades garantes federal y locales, así como instancias internas competentes.

Materias principales

  • Derecho de acceso a la información pública.
  • Máxima publicidad y documentación de actuaciones públicas.
  • Sujetos obligados, Comités y Unidades de Transparencia.
  • Obligaciones de transparencia y datos abiertos.
  • Solicitudes, respuestas, recursos de revisión e inconformidad.
  • Información reservada, confidencial, versiones públicas y sanciones.

Derechos principales

  • Solicitar información sin acreditar interés jurídico ni justificar el uso que se dará a la información.
  • Recibir respuestas claras, accesibles, completas, oportunas y congruentes.
  • Obtener ajustes razonables y formatos accesibles para personas con discapacidad.
  • Impugnar respuestas, negativas, inexistencias, clasificaciones o falta de respuesta.
  • Denunciar incumplimientos de obligaciones de transparencia.
  • Acceder a información sobre violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad sin que sea reservada.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Transparencia para el Pueblo como autoridad garante federal.
  • Autoridades garantes locales y órganos internos competentes en entidades federativas.
  • Consejo Nacional del Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública.
  • Comités de Transparencia y Unidades de Transparencia de cada sujeto obligado.
  • Instituto Nacional Electoral y organismos electorales locales cuando se trate de partidos políticos.
  • Servicio de Administración Tributaria o secretarías de finanzas para hacer efectivas multas.

Obligaciones principales

  • Constituir Comités y Unidades de Transparencia y capacitar a su personal.
  • Documentar facultades, competencias, funciones y actos públicos.
  • Publicar obligaciones de transparencia en formatos accesibles y actualizados.
  • Responder solicitudes dentro de los plazos legales y orientar cuando exista incompetencia.
  • Fundar y motivar cualquier reserva, confidencialidad, inexistencia o versión pública.
  • Cumplir resoluciones y requerimientos de las autoridades garantes.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Presentación y seguimiento de solicitudes en la Plataforma Nacional.
  • Prevención para aclarar solicitudes, respuesta, entrega, consulta directa y reproducción.
  • Clasificación de información, elaboración de versiones públicas y prueba de daño.
  • Recurso de revisión e inconformidad contra respuestas o falta de respuesta.
  • Denuncia por incumplimiento de obligaciones de transparencia.
  • Procedimiento sancionador contra sujetos obligados o personas infractoras.

Sanciones o consecuencias

  • Las autoridades garantes pueden imponer amonestaciones públicas y multas.
  • La reincidencia puede generar multa hasta por el doble.
  • El incumplimiento de determinaciones puede difundirse en la Plataforma Nacional y portales de transparencia.
  • Las multas no pueden cubrirse con recursos públicos.
  • Si hay presunta responsabilidad administrativa o delito, la autoridad garante debe dar vista o denunciar ante la autoridad competente.
  • Las infracciones y sanciones son independientes de responsabilidades civiles, penales o administrativas.

Definiciones importantes

ConceptoExplicación sencilla
Sujeto obligadoEnte público o persona que debe transparentar información por ejercer recursos públicos o actos de autoridad.
Autoridad garante federalTransparencia para el Pueblo, órgano desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Autoridad garante localÓrgano local competente para revisar y resolver asuntos de transparencia en su ámbito.
Comité de TransparenciaInstancia interna que confirma, modifica o revoca decisiones sobre clasificación, inexistencia, incompetencia y ampliaciones.
Unidad de TransparenciaÁrea que recibe, gestiona y da seguimiento a solicitudes de acceso a información.
Plataforma NacionalSistema electrónico para solicitudes, seguimiento, obligaciones de transparencia y recursos.
Datos abiertosDatos digitales públicos, accesibles, gratuitos, reutilizables, legibles por máquina y de libre uso.
Versión públicaDocumento en el que se permite acceso después de eliminar o testar información clasificada.
Consulta guiada

Explora a detalle

Artículos clave
  • Artículo 1: fija el objeto constitucional de la ley.
  • Artículo 2: enumera principios, bases, procedimientos, obligaciones y mecanismos de cumplimiento.
  • Artículo 3: contiene definiciones esenciales.
  • Artículo 4: define el alcance del derecho humano de acceso a la información.
  • Artículo 20: establece obligaciones generales de los sujetos obligados.
  • Artículo 58: regula actualización periódica de obligaciones de transparencia.
  • Artículos 125 a 138: ordenan el trámite de solicitudes.
  • Artículos 144 y siguientes: regulan recursos de revisión.
  • Artículos 193 a 215: establecen medidas de apremio, sanciones y responsabilidades.
Mapa de temas
TemaArtículos claveContenido
Derecho de accesoArtículos 1 a 18Principios, gratuidad, máxima publicidad, no discriminación y alcance del derecho.
Sujetos obligadosArtículos 19 a 22Obligaciones institucionales, unidades, capacitación y publicación de información.
Sistema NacionalArtículos 23 a 38Coordinación nacional, Consejo Nacional y criterios generales.
Comités y unidadesArtículos 39 a 44Integración, funciones y atención de solicitudes.
Obligaciones de transparenciaArtículos 45 a 82Información común, específica y verificaciones.
DenunciasArtículos 83 a 101Procedimiento por incumplimiento de obligaciones de transparencia.
ClasificaciónArtículos 102 a 124Reserva, confidencialidad, prueba de daño e índices.
Solicitudes y recursosArtículos 125 a 192Plazos, respuesta, revisión, inconformidad y cumplimiento.
Medidas y sancionesArtículos 193 a 215Apremios, multas, reincidencia y responsabilidades.
Plazos importantes
  • Las obligaciones de transparencia deben actualizarse por lo menos cada tres meses, salvo plazo diverso.
  • La Unidad de Transparencia puede prevenir a la persona solicitante dentro de cinco días y esta tiene hasta diez días para aclarar.
  • La respuesta a una solicitud debe notificarse en un máximo de veinte días, prorrogables hasta por diez días más con justificación.
  • La información solicitada debe quedar disponible al menos sesenta días después del pago, si existe costo de reproducción.
  • El recurso de revisión se interpone dentro de quince días posteriores a la respuesta o al vencimiento del plazo para responder.
  • La información reservada puede permanecer así hasta cinco años, con posibilidad de ampliación justificada por hasta cinco años adicionales.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir información pública?

Cualquier persona puede solicitar información pública sin explicar para qué la usará y sin demostrar interés jurídico.

¿Cuánto tarda una respuesta de acceso a información?

La regla general es un máximo de veinte días hábiles desde el día siguiente a la solicitud, con posible ampliación de hasta diez días más si se justifica.

¿Qué pasa si la información contiene datos personales?

El sujeto obligado debe proteger la información confidencial y, cuando proceda, entregar una versión pública que oculte los datos protegidos.

¿Qué puedo hacer si no me responden o niegan información?

Puede interponerse recurso de revisión ante la autoridad garante competente dentro del plazo legal.

¿Dónde se consulta el texto oficial?

La Cámara de Diputados publica la ficha, el Word oficial, el PDF oficial y el PDF móvil de esta ley.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

Índice de artículos

Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública

237 artículos disponibles en LGTAIP.

Texto íntegro
237 artículos
Publicidad
LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
TEXTO VIGENTE
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: