Artículo 113. Las causales de reserva previstas en el artículo anterior se deberán fundar y motivar, a través de la aplicación de la prueba de daño a la que se hace referencia en el presente Título.
Ley [LGTAIP]
Artículo 113. Las causales de reserva previstas en el artículo anterior se deberán fundar y motivar, a través de la aplicación de la prueba de daño a la que se hace referencia en el presente Título.
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Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública (LGTAIP)
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