Ley [LGTAIP]

Artículo 111 de Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 111. Los Documentos clasificados serán debidamente custodiados y conservados, conforme a las disposiciones aplicables y, en su caso, a los lineamientos que expida el Sistema Nacional.

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