Ley [LGTAIP]

Artículo 185 de Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública

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Artículo 185. En el escrito del recurso, la persona titular de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal debe señalar la resolución que se impugna, los fundamentos y motivos por los cuales considera que vulnera la seguridad nacional, así como los elementos de prueba necesarios.

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Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública (LGTAIP)

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