- Son derechos político-electorales de las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos, con relación a los partidos políticos, los siguientes:
Párrafo reformado DOF
- Asociarse o reunirse pacíficamente para tomar parte en los asuntos políticos del país;
- Afiliarse libre e individualmente a los partidos políticos, y
- Votar y ser votado para todos los cargos de elección popular dentro de los procesos internos de selección de candidatos y elección de dirigentes, teniendo las calidades que establezca la ley y los estatutos de cada partido político.
Ley [LGPP]
Artículo 2 de Ley General De Partidos Políticos
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Artículo vigésimo octavo de Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral
[LGMIME]
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Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria
[LFPRH]
Vínculo entre normas
Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral
[LGMIME]
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Código Fiscal De La Federación
[CFF]
Vínculo entre normas
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
[CPEUM]
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