Ley [LGPP]
Artículo 29 de Ley General De Partidos Políticos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
- 1Los partidos políticos deberán contemplar en sus estatutos la forma de garantizar la protección de los datos personales de sus militantes, así como los derechos al acceso, rectificación, cancelación y oposición de éstos.