segundo.. Los asuntos que a la entrada en vigor de esta Ley se encuentren en proceso se resolverán conforme a las disposiciones vigentes al momento en que iniciaron. Lo anterior, sin perjuicio de que se apliquen en lo conducente los plazos previstos en los artículos transitorios del presente Decreto.
Ley [LGPP]
Artículo segundo de Ley General De Partidos Políticos
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[LGMIME]
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Código Fiscal De La Federación
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Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
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