Ley [LGS]
Artículo 110 de Ley General De Salud
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 110 .- La promoción de la salud tiene por objeto crear, conservar y mejorar las condiciones deseables de salud para toda la población y propiciar en el individuo las actitudes, valores y conductas adecuadas para motivar su participación en beneficio de la salud individual y colectiva.