Ley [LGS]
Artículo 145 de Ley General De Salud
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 145 .- La establecerá las normas oficiales mexicanas para el control de las personas que se dediquen a trabajos o actividades, mediante los cuales se pueda propagar alguna de las enfermedades transmisibles a que se refiere .
Artículo reformado DOF ,