Ley [LGS]

Artículo 22 de Ley General De Salud

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 22 .- Los ingresos que se obtengan por los servicios de salubridad general que se presten en los términos de los acuerdos de coordinación a que se refieren los artículos anteriores, se afectarán al mismo concepto, en la forma que establezca la legislación fiscal aplicable.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias