Ley [LGS]
Artículo 23 de Ley General De Salud
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 23 .- Para los efectos de , se entiende por servicios de salud todas aquellas acciones realizadas en beneficio del individuo y de la sociedad en general, dirigidas a proteger, promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad.