Ley [LGS]
Artículo 236 de Ley General De Salud
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 236 .- Para el comercio o tráfico de estupefacientes en el interior del territorio nacional, la Secretaría de Salud fijará los requisitos que deberán satisfacerse y expedirá permisos especiales de adquisición o de traspaso.
Artículo reformado DOF