Ley [LGS]
Artículo 39 de Ley General De Salud
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 39 .- Son servicios de salud de carácter social los que presten, directamente o mediante la contratación de seguros individuales o colectivos, los grupos y organizaciones sociales a sus miembros y a los beneficiarios de los mismos.