Ley [LGS]

Artículo 42 de Ley General De Salud

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Ley General De Salud (LGS)

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Artículo 42 .- La Secretaría de Salud proporcionará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las normas oficiales mexicanas de salud para los seguros personales de gastos médicos y hospitalización.

Artículo reformado DOF ,

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