Artículo 125.- Los títulos de las acciones y los certificados provisionales deberán expresar:
- I- El nombre, nacionalidad y domicilio del accionista;
Fracción reformada DOF
- II- La denominación, domicilio y duración de la sociedad;
- III- La fecha de la constitución de la sociedad y los datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio;
- IV- El importe del capital social, el número total y el valor nominal de las acciones.
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- V- Las exhibiciones que sobre el valor de la acción haya pagado el accionista, o la indicación de ser liberada;
- VI- La serie y número de la acción o del certificado provisional, con indicación del número total de acciones que corresponda a la serie;
- VIILos derechos concedidos y las obligaciones impuestas al tenedor de la acción, y en su caso, a las limitaciones al derecho de voto y en específico las estipulaciones previstas en la fracción VII del artículo 91 de esta Ley.
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- VIII- La firma autógrafa de los administradores que conforme al contrato social deban suscribir el documento, o bien la firma impresa en facsímil de dichos administradores a condición, en este último caso, de que se deposite el original de las firmas respectivas en el Registro Público de Comercio en que se haya registrado la Sociedad.
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