Ley [LGSM]
Artículo 127 de Ley General De Sociedades Mercantiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 127.- Los títulos de las acciones llevarán adheridos cupones, que se desprenderán del título y que se entregarán a la sociedad contra el pago de dividendos o intereses. Los certificados provisionales podrán tener también cupones.
Artículo reformado DOF ,