Lectura de artículo · LGSM

Artículo 165

Ley General De Sociedades Mercantiles

Artículo 165.- No podrán ser comisarios .

Párrafo reformado DOF

    I - Los que conforme a la Ley estén inhabilitados para ejercer el comercio;
    II - Los empleados de la sociedad, los empleados de aquellas sociedades que sean accionistas de la sociedad en cuestión por más de un veinticinco por ciento del capital social, ni los empleados de aquellas sociedades de las que la sociedad en cuestión sea accionista en más de un cincuenta por ciento.

Fracción reformada DOF

    III - Los parientes consanguíneos de los Administradores, en línea recta sin limitación de grado, los colaterales dentro del cuarto y los afines dentro del segundo.
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