Ley [LGSM]
Artículo 244 de Ley General De Sociedades Mercantiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 244.- Las sociedades, aún después de disueltas, conservarán su personalidad jurídica para los efectos de la liquidación.
Ley [LGSM]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 244.- Las sociedades, aún después de disueltas, conservarán su personalidad jurídica para los efectos de la liquidación.