Ley [LGT]
Artículo 33 de Ley General De Turismo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 33. La Secretaría acompañará a la solicitud de declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Sustentable, el estudio de viabilidad, de acuerdo a los requerimientos establecidos en el Reglamento respectivo.