Artículo 1.- La presente Ley es reglamentaria de los artículos 25, párrafo quinto, 27, párrafos cuarto y sexto y 28, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y tiene por objeto regular la Exploración y la Explotación de Recursos Geotérmicos para el aprovechamiento sustentable de la energía térmica del subsuelo dentro de los límites del territorio nacional, con el fin de generar energía eléctrica o destinarla a Usos Diversos, o ambos.