Ley [LGeo]

Artículo 11 de Ley De Geotermia

Ver ley completa

Artículo 11.- El otorgamiento de Permisos de Exploración implica la aceptación incondicional de la persona titular del Permiso, de los términos y condiciones contenidos en el mismo.

La persona titular del Permiso de Exploración tiene derecho de exclusividad para la Exploración del Área Geotérmica objeto del Permiso durante la vigencia de éste.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Navegación jurídica

Relaciones verificadas del artículo

Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.

Buscar en esta ley Por artículo o término

Buscar artículo o término en esta ley

Ley De Geotermia (LGeo)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Formatos y archivos Markdown
Publicidad