primero ..- Esta Ley entrará en toda la República, el día primero de enero de 1981, con excepción de las disposiciones contenidas en los incisos A, B y C de la fracción I, del artículo 2o. de este ordenamiento, relativas a la enajenación e importación de aguas envasadas y refrescos en envases cerrados; jarabes o concentrados para preparar refrescos que se expendan en envases abiertos utilizando aparatos eléctricos o mecánicos; y concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, destinados al consumidor final, que al diluirse permitan obtener refrescos; las cuales entrarán en vigor el primero de enero de 1982.
Ley [LIEPS]
Artículo primero de Ley Del Impuesto Especial Sobre Producción Y Servicios
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REGLAMENTO de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
[Reg_LIEPS]
Artículo citado
Artículo 2o de LIEPS
[LIEPS]
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Ley Del Impuesto Al Valor Agregado
[LIVA]
Vínculo entre normas
Código Fiscal De La Federación
[CFF]
Vínculo entre normas
Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2026
[LIF_2026]
Vínculo entre normas
Ley Aduanera
[LAdua]
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