Ley [LMTR]

Artículo 17 de Ley En Materia De Telecomunicaciones Y Radiodifusión

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley En Materia De Telecomunicaciones Y Radiodifusión (LMTR)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 17. Cuando las Personas Comisionadas estén por concluir el periodo para el que hayan sido nombradas, la Persona Comisionada Presidenta, con tres meses de anticipación, deberá notificar esta circunstancia a la persona titular del Ejecutivo Federal.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad