Ley [LMV]

Artículo primero de Ley Del Mercado De Valores

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Del Mercado De Valores (LMV)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

TRANSITORIOS

primero..- La presente Ley entrará en vigor a los ciento ochenta días naturales siguientes a su publicación en el , salvo por lo dispuesto en los artículos Décimo y Décimo Séptimo transitorios.

Asimismo, a la fecha de entrada en vigor de esta Ley quedará abrogada la Ley del Mercado de Valores publicada en el citado Diario el 2 de enero de 1975, salvo por lo establecido en los artículos transitorios siguientes.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad