Ley [LNETB]
Artículo 101 de Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 101. En la Administración Pública Federal, la Autoridad Nacional será la responsable de habilitar y, en su caso, unificar los mecanismos de contacto para brindar información y orientación sobre Trámites y Servicios, así como para la captación, canalización de quejas y solicitudes de atención ciudadana.