Ley [LNETB]
Artículo 100 de Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 100. La Autoridad Nacional, conforme a sus capacidades técnicas y operativas, podrá establecer los términos y condiciones para colaborar en la prestación de servicios de información y orientación sobre Trámites y Servicios, a cargo de los Sujetos Obligados de las entidades federativas y Municipios, para lo cual, por conducto de la Autoridad Local de simplificación y digitalización, se celebrarán los convenios de adhesión respectivos.