Ley [LNETB]

Artículo 100 de Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos

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Artículo 100. La Autoridad Nacional, conforme a sus capacidades técnicas y operativas, podrá establecer los términos y condiciones para colaborar en la prestación de servicios de información y orientación sobre Trámites y Servicios, a cargo de los Sujetos Obligados de las entidades federativas y Municipios, para lo cual, por conducto de la Autoridad Local de simplificación y digitalización, se celebrarán los convenios de adhesión respectivos.

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