Artículo 5. Para que las Regulaciones produzcan efectos jurídicos, las Regulaciones deberán ser publicadas por los Sujetos Obligados en el Medio de Difusión Oficial que corresponda.
Ley [LNETB]
Artículo 5. Para que las Regulaciones produzcan efectos jurídicos, las Regulaciones deberán ser publicadas por los Sujetos Obligados en el Medio de Difusión Oficial que corresponda.
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos (LNETB)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.