Ley [LNRD_270519]

Artículo 35 de Ley Nacional Del Registro De Detenciones

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 35. La Secretaría implementará las medidas de seguridad para el funcionamiento del Sistema de Consulta debiendo tratar los datos personales conforme a la legislación de la materia.

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