Ley [LOAM]

Artículo 51 de Ley Orgánica De La Armada De México

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 51. Los requisitos esenciales para causar alta en el servicio activo de la Armada de México son:

  1. Ser persona mexicana por nacimiento;
  2. No contar con otra nacionalidad;
  3. Estar en pleno goce y ejercicio de los derechos civiles y políticos;
  4. No contar con antecedentes penales por delitos dolosos, y
  5. Reunir los requisitos de edad, de aptitud física y académica, de conducta y probidad, así como encontrarse médica y clínicamente sana y apta para el servicio de las armas, en términos de las normas aplicables.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias