Ley [LOEFAM]

Artículo 108 de Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos

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Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos (LOEFAM)

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Artículo 108. El Comandante del Cuerpo de Aerotropas será un General procedente de Arma, que tenga la especialidad de paracaidista.

Cuerpo de Policía Militar

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