Artículo 25. La Inspección y Contraloría General del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional se integrará con personal del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional.
Artículo reformado DOF
ORGANOS DEL FUERO DE GUERRA
Ley [LOEFAM]
Artículo 25. La Inspección y Contraloría General del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional se integrará con personal del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional.
Artículo reformado DOF
ORGANOS DEL FUERO DE GUERRA
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Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos (LOEFAM)
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