Ley [LOPJF]

Artículo 230 de Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación (LOPJF)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Toda persona servidora pública o empleada del Poder Judicial de la Federación que deba faltar temporalmente al ejercicio de sus funciones, deberá contar con la licencia otorgada en los términos de este Capítulo. En toda solicitud de licencia deberán expresarse por escrito las razones que la motivan.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad