Ley [LOPJF]
Artículo 3 de Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
Texto íntegro, referencias y ley completa.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá cada año dos periodos de sesiones: el primero comenzará el primer día hábil del mes de enero y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de julio, y el segundo comenzará el primer día hábil del mes de agosto y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de diciembre.