Ley [LOPJF]

Artículo 63 de Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación

Texto íntegro, referencias y ley completa.

La o el Juez de control y el tribunal de enjuiciamiento se auxiliarán del número de asistentes de constancias y registros, y del personal que determine el presupuesto.

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